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La Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos y la ley nacional, sanciona las violaciones de los derechos humanos. No es el informe de la Comisión el que debe someter al ordenamiento legal a los miembros de la Policía Nacional que pudieran incurrir en esas infracciones. Tampoco la población puede requerir o justificar que aras de la seguridad ciudadana se viole la ley desde el Estado.
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